Con el propósito de exponer la afectación que representa el Artículo 257 de la Reforma Tributaria, referente a las donaciones, para las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), el día de hoy, la Asociación de Fundaciones Familiares y Empresariales – AFE, de la mano de la Confederación Colombiana de ONG – CCONG, participó en la audiencia pública sobre la Reforma Tributaria, organizada por la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes.
El encuentro, al cual también asistieron empresarios, líderes gremiales, algunos congresistas y jóvenes emprendedores, sirvió como escenario para exponer lo que significaría para el sector fundacional, la inclusión de las donaciones, a la limitación del 5% de los beneficios tributarios.
La intervención por parte de la AFE estuvo a cargo de su asesor tributario, Juan Carlos Jaramillo, quien, además, centró su presentación en visibilizar la importancia y el alcance que tiene el trabajo de las OSC en el país, el cual muchas veces, sirve de soporte del Estado, al llegar a lugares donde este no logra intervenir.
El tributarista dejó cinco mensajes clave para los ponentes de la reforma y demás congresistas, respecto a las Organizaciones de la Sociedad Civil:
- Sin ánimo de lucro no es con ánimo de pérdida.
- No obedece a la generalidad que sean fuente de evasión tributaria.
- El exceso de límites a las donaciones afecta a la auto sostenibilidad financiera.
- La pretensión de imponer un nuevo límite a las donaciones atenta contra la equidad tributaria.
- No se trata de establecer más límites sino de revisar y encontrar medidas de control más efectivas.
La intervención, finalizó con la presentación de la proposición por parte de las OSC, que busca eliminar la mención al artículo 257 del Estatuto Tributario del artículo 11 del proyecto de reforma tributaria, que adicional el artículo 259-1 del Estatuto Tributario, además de adicionar un parágrafo transitorio:
Parágrafo transitorio: En un plazo de diez meses la DIAN revisará y analizará la efectividad de los mecanismos de control fiscal que estableció por una parte la Ley 1819 de 2016 en relación con las ESAL del Régimen Tributario Especial y otras normas de control fiscal que rigen para las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario con el propósito de modificar y mejorar los respectivos mecanismos de control fiscal y fortalecer la capacidad de fiscalización de la DIAN. Lo anterior, se realizará con la participación de las ESAL.